Convenio de Berna para la Protecci�n de las Obras Literarias y Art�sticas, 1979
Convenio de Berna para la Protecci�n de las Obras Literarias y Art�sticas, 1979
Resumen
El primer texto del Convenio de Berna para la protecci�n de las obras literarias y art�sticas fue firmado en el a�o 1979 con el objetivo a que los nacionales de los estados contratantes obtuvieran protecci�n internacional para su derecho a controlar el uso de sus obras creativas y a recibir un pago por ese uso, aplicable a novelas, cuentos, poemas, obras de teatro, canciones, �peras, revistas musicales, sonatas, dibujos, pinturas, esculturas y obras arquitect�nicas.
Con 163 pa�ses incorporados, este Convenio, conocido com�nmente como Convenio de Berna, es el m�s reconocido y firmado a nivel mundial. El Convenio trajo consigo una nueva visi�n acerca del derecho de autor, as� como reformas y adiciones a las leyes de los pa�ses. Ha sufrido cambios en varias ocasiones: Par�s en 1896; Berl�n en 1908; Berna en 1914; Roma en 1928; Bruselas en 1948; Roma en 1961; Estocolmo en 1967; Par�s en 1971, y una correcci�n en 1979.
El Convenio es amplio y en sus 38 art�culos embarca diferentes aspectos relacionados con la protecci�n de las obras art�sticas, como criterios para la protecci�n, derechos morales y garantizados, vigilancia de la protecci�n, derecho de difusi�n, derechos de traducci�n y reproducci�n, derechos de adaptaci�n, arreglo y otra transformaci�n, entre otros. En el anexo de hace referencia a disposiciones especiales relativas a los pa�ses en desarrollo.
Los tres principios b�sicos del Convenio son los siguientes:
1. Las obras originadas en alguno de los estados contratantes podr�n recibir en cada uno de los dem�s estados contratantes la misma protecci�n que estos otorgan a las obras de sus propios ciudadanos.
2. Esa protecci�n no debe estar condicionada al cumplimiento de formalidad alguna.
3. Esa protecci�n es independiente de la existencia de una protecci�n correspondiente en el pa�s de origen de la obra. Sin embargo, si un estado contratante provee un plazo m�s largo que el m�nimo prescrito por la convenci�n, y la obra deja de estar protegida en el pa�s de origen, la protecci�n le puede ser negada una vez que cese la protecci�n en el pa�s de origen.
Resumen
El primer texto del Convenio de Berna para la protecci�n de las obras literarias y art�sticas fue firmado en el a�o 1979 con el objetivo a que los nacionales de los estados contratantes obtuvieran protecci�n internacional para su derecho a controlar el uso de sus obras creativas y a recibir un pago por ese uso, aplicable a novelas, cuentos, poemas, obras de teatro, canciones, �peras, revistas musicales, sonatas, dibujos, pinturas, esculturas y obras arquitect�nicas.
Con 163 pa�ses incorporados, este Convenio, conocido com�nmente como Convenio de Berna, es el m�s reconocido y firmado a nivel mundial. El Convenio trajo consigo una nueva visi�n acerca del derecho de autor, as� como reformas y adiciones a las leyes de los pa�ses. Ha sufrido cambios en varias ocasiones: Par�s en 1896; Berl�n en 1908; Berna en 1914; Roma en 1928; Bruselas en 1948; Roma en 1961; Estocolmo en 1967; Par�s en 1971, y una correcci�n en 1979.
El Convenio es amplio y en sus 38 art�culos embarca diferentes aspectos relacionados con la protecci�n de las obras art�sticas, como criterios para la protecci�n, derechos morales y garantizados, vigilancia de la protecci�n, derecho de difusi�n, derechos de traducci�n y reproducci�n, derechos de adaptaci�n, arreglo y otra transformaci�n, entre otros. En el anexo de hace referencia a disposiciones especiales relativas a los pa�ses en desarrollo.
Los tres principios b�sicos del Convenio son los siguientes:
1. Las obras originadas en alguno de los estados contratantes podr�n recibir en cada uno de los dem�s estados contratantes la misma protecci�n que estos otorgan a las obras de sus propios ciudadanos.
2. Esa protecci�n no debe estar condicionada al cumplimiento de formalidad alguna.
3. Esa protecci�n es independiente de la existencia de una protecci�n correspondiente en el pa�s de origen de la obra. Sin embargo, si un estado contratante provee un plazo m�s largo que el m�nimo prescrito por la convenci�n, y la obra deja de estar protegida en el pa�s de origen, la protecci�n le puede ser negada una vez que cese la protecci�n en el pa�s de origen.
Documentos
Convenio de Berna para la Protecci�n de las Obras Literarias y Art�sticas, 1979
Septiembre 2010
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